Con 22 artículos ajustarían leyes de contratación e infraestructura

El proyecto para reformar las leyes de contratación pública y de infraestructura quedó a un paso de ser aprobado y su contenido –hasta ahora– casi que se triplicó.
En principio, la iniciativa contaba con nueve artículos, pero el texto aprobado este miércoles en tercer debate quedó con 22 y ahora pasará a plenaria de la Cámara de Representantes, corporación que le daría el último visto bueno para que se convierta en ley.
En principio, el articulado comprende que, en adelante, todos los contratos de obras públicas se deberán hacer por pliegos tipo (es decir, con lineamientos generales iguales), aspecto que se aplicará para todas las entidades del orden nacional y regional.
NUEVAS REGLAS DE JUEGO
Sobre esto, Argelino Durán, presidente de la Sociedad Colombiana de Ingenieros (SCI), indicó que: “El establecimiento de documentos tipo obligatorios, por parte del Gobierno, es la mejor bandera del proyecto, toda vez que hemos encontrado siempre que los contratos se los terminan ganando siempre los mismos, pues los pliegos se los hacen a la medida. Acabaríamos una fuente de corrupción muy importante”.
A su turno, Telésforo Pedraza, representante ponente del proyecto, destacó que “este tipo de iniciativas son valiosas para el país, toda vez que buscan dar transparencia en el trámite de la licitaciones públicas, y permiten luchar contra la corrupción, agilizar los procesos de contratación y darles seguridad a las instituciones financieras”.
De este modo, los legisladores, el Gobierno, los gremios y los contratistas del sector tendrían reglas más claras en cuanto a los procesos de adjudicación de proyectos, cumplimiento de requisitos y reconocimientos para lograr los contratos, factores con los que también se prevé combatir la corrupción.
Sumado a lo anterior, el articulado también incluye que, en caso de que se encuentren objetos arqueológicos en los predios a construir o desarrollar, “la intervención deberá ser asumida por el concesionario”, que deberá recibir un aval del Instituto Colombiano de Antropología e Historia (Icanh), pero será también su obligación “contar con un profesional idóneo, quien deberá hacer el acompañamiento al Plan de Manejo Arqueológico”.
Ahora, en cuanto a trámite de predios, si el ejecutor halla baldíos que necesita para hacer las obras y estos están ocupados, “será procedente el pago y reconocimiento de las mejoras realizadas por los ocupantes”. Estos precios, vale resaltar, no podrán exceder el monto de una vivienda de interés prioritario (hasta 70 salarios mínimos), y si no se logra un acuerdo, se podrá proceder a la expropiación.
De otro lado, y a propósito de la situación devenida del escándalo Odebrecht, la iniciativa contempla que en los contratos de asociación público - privada (APP) se incluirá una cláusula en la que haya una fórmula para destrabar posibles liquidaciones, en caso de terminaciones anticipadas.
En caso de que el contrato por concesión tenga este fin (es decir, cuando se liquide), “se deberá reconocer las prestaciones ejecutadas que se probare hayan beneficiado a la entidad estatal y únicamente hasta el monto del beneficio que ésta hubiera obtenido, considerando los valores de las inversiones y gastos ejecutados por el contratista”.
Fuente: http://www.portafolio.co/economia/infraestructura/ajustes-en-las-leyes-de-contratacion-e-infraestructura-509907
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