Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM 2016

El impuesto nacional a la gasolina y al ACPM, se creó mediante el artículo 167 de la Ley 1607 del 26 de diciembre del 2012, con el fin de sustituir el impuesto global a la gasolina, al ACPM, y el IVA a los combustibles; empezó a regir a partir del 1 de enero del 2013.
Este impuesto se genera en la venta, el retiro, la importación para consumo propio y la importación para la venta de gasolina y ACPM, además de la importación temporal para perfeccionamiento activo (elaboración, reparación o fabricación de algún bien, por lo general maquinaria, con la mercancía importada). Son responsables de este impuesto los productores e importadores de la gasolina y ACPM, y los sujetos pasivos son quienes adquieran la gasolina o el ACPM del productor o del importador; el productor y el importador también son sujetos pasivos cuando realizan retiros de gasolina y/o de ACPM, para consumo propio.
Es importante tener en cuenta que el impuesto a la gasolina y al ACPM es de carácter monofásico, por lo que se causa una única vez; dicha causación se puede dar en los siguientes eventos:
- En las ventas efectuadas por los productores, en la fecha de la emisión de la factura;
- En las importaciones, en la fecha en que se nacionalice la gasolina o el ACPM;
- En los retiros que realicen los productores para consumo propio, en la fecha del retiro;
- Cuando se trate de la importación temporal para perfeccionamiento activo, en la fecha en que se nacionalice la gasolina o el ACPM, o en la fecha de la presentación de la declaración de dicha importación temporal.
Fuente: Actualicese.com
Imagen tomada como referencia
http://actualicese.com/actualidad/2016/01/04/impuesto-nacional-a-la-gasolina-y-al-acpm-2016/