Las restricciones a los vehículos de carga en Bogotá

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El descargue en vías arterias y complementarias solo se permitirá entre las 10 p. m.y las 6 a. m.

El 15 de diciembre entrará a regir el decreto que reorganiza el transporte de carga y el cargue y descargue de mercancías en la ciudad.

Para aplicar la medida, la Secretaría de Movilidad dividió la ciudad en tres zonas. La 1 no tendrá ningún tipo de restricción, es decir, se podrá circular por ella todos los días, las 24 horas. En cambio, las zonas 2 y 3 tendrán horarios determinados, de acuerdo con el peso de la carga autorizada.

Entre las zonas que tendrán libre circulación para el transporte de carga las 24 horas del día está la avenida Centenario (calle 13) desde la avenida General Santander (carrera 27) hasta Fontibón, la zona franca y el aeropuerto El Dorado, según el mapa divulgado por la Secretaría de Movilidad.

En las zonas 2 y 3 la restricción opera de lunes a viernes, en las horas pico de la mañana y de la noche (de 6 a. m. a 8:30 a. m. y de 5 p. m. a 7:30 p. m.). En la zona 2, la prohibición rige para carga superior a siete toneladas dentro del sector delimitado por la calle 170, la avenida Boyacá, la avenida Primero de Mayo o calle 22 sur y el límite oriental de la ciudad. Por las vías que delimitan este sector podrán circular vehículos hasta de dos ejes.

En la zona 3, la restricción es para vehículos de tres ejes en adelante. Esta zona cubre el área urbana delimitada por la calle 170, la carrera 16 al sur, la calle 164, la carrera 20 al norte y la calle 170 (incluidas las vías que delimitan el sector). También cubre al sector de Toberín.

Están exceptuados de restricción de circulación en estas dos zonas los vehículos de emergencia, los de valores, los de alimentos perecederos, los de animales vivos y los de gases medicinales, los de servicios públicos domiciliarios y los de transporte de materiales y maquinaria para obras públicas.

Cuándo pueden circular

El transporte de carga que tiene restricción horaria puede circular en la ciudad en las horas valle (de 8:30 a. m. a 5 p. m. y de 7:30 p. m. a 6 a. m.), así: en las vías arterias e intermedias (las que tienen de 16 a 100 metros de ancho), sin restricciones. En las vías secundarias residenciales (de 13 metros) puede circular carga hasta de dos ejes. En las vías públicas, peatonales y vehiculares restringidas de 10 y 8 metros no se permite.

En casos de emergencia, la Secretaría de Movilidad podrá autorizar la circulación de transporte de carga de combustible para actividades de abastecimiento de la ciudad.

El cargue y descargue

La labor de cargue y descargue de mercancías en las vías arterias (las que tienen entre 25 y 100 metros) solo se permitirá de 10 de la noche a 6 de la mañana.

En vías intermedias de zonas rurales e industriales y de acceso a barrios y locales principales y secundarias de zonas residenciales se permitirán el cargue y descargue hasta dos ejes en horas valle (de 8:30 a. m. a 5 p. m. y de 7:30 p. m. a 6 a. m.).

En las vías públicas, peatonales y vehiculares restringidas (de 8 y 10 metros) no se permitirán el cargue y descargue de mercancías en ningún horario.

Los días sábados se permitirán el cargue y descargue de mercancías entre las 11 de la mañana y las 4 de la tarde en la cuadra donde esté una zona destinada para estacionamiento o parada de vehículos de servicio público masivo (rutas alimentadoras, del sistema integrado y colectivo).

También se permitirá en las vías de doble sentido de circulación, con un carril por sentido, que estén clasificadas como circuitos de movilidad.

Zona sin restricciones para la carga

Todo el transporte de carga podrá circular sin restricción horaria las 24 horas del día en la denominada zona 1, que comprende 3 sectores: Unidades de Planeamiento Zonal (UPZ) Zona Franca, Granjas de Techo, Fontibón San Pablo, Capellanía, aeropuerto El Dorado y avenida Boyacá entre calles 13 y 26. Se permite libre circulación para el acceso a las UPZ Capellanía y aeropuerto El Dorado.

Montevideo, Puente Aranda, Zona Industrial y Cundinamarca: avenida Boyacá con avenida La Esperanza; avenida La Esperanza al oriente; avenida de las Américas al oriente; troncal NQS al sur; avenida calle 3.ª al occidente; carrera 68 al norte; avenida de las Américas al occidente hasta la avenida Boyacá.

Paloquemao, Ricaurte: avenida NQS (carrera 30) con calle 23 al oriente; carrera 22 al sur; calle 13 al occidente; carrera 24 al sur; avenida 6.ª al occidente hasta la troncal NQS.

Fuente: El Tiempo

http://www.eltiempo.com/colombia/bogota/ARTICULO-WEB-NEW_NOTA_INTERIOR-13202956.html

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