Transportadoras rechazan registro como portadores de publicidad móvil

La Secretaría Distrital de Ambiente pretende obligar a las transportadoras a tramitar el registro como portadores de publicidad móvil, lo que la Federación Colombiana de Transportadores de Carga por Carretera COLFECAR, calificó como improcedente.
El presidente de COLFECAR, Jaime Sorzano Serrano, le expresó al Alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, tres razones por las que califica como improcedente la iniciativa:
La primera es la Delimitación de los conceptos de marca y publicidad exterior visual, en la cual se refirió a la marca como el signo que es apto para distinguir productos o servicios en el mercado; y la publicidad como la forma o contenido de comunicación que tenga como finalidad influir en la decisiones del consumo.
“Ya aclarados los anteriores conceptos, salta a la vista que para el transporte automotor de carga, el registro de la publicidad exterior en los vehículos resulta a todas luces improcedente ya que lo que ellas portan en sus vehículos no es nada diferente a la marca que identifica el servicio que prestan, sin direccionar o influir en las decisiones del consumo de los clientes”, añadió Jaime Sorzano.
En la segunda razón define el Transporte como un servicio público esencial, argumenta que como lo establece el Código de Comercio, el uso de la marca en los vehículos es sólo lo que identifica el servicio o producto que está en el mercado y de este modo llega a los consumidores.
“En consecuencia, esto señala una vez más que las disposiciones adoptadas en el sentido de imponer el registro NO resultan aplicables a las empresas de carga”, dijo Sorzano.
Por último, se refirió a los Impuestos de avisos y tableros, que según Jaime Sorzano, “como es sabido, es pagado por las empresas de transporte en relación a sus establecimientos de comercio en el municipio donde se causa el hecho y se realiza la materia imponible”.
Redacción: Lina Pulido C.
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