Los peros de la ley contra los conductores borrachos

imagen: 

Filiberto Restrepo Sierra, constitucionalista y exdirector de Tránsito de Antioquia, asegura que la ley que endureció las sanciones para los conductores ebrios “anuló” el debido proceso y acabó con la doble instancia, principios constitucionales que están en el aún vigente Código de Tránsito.

Por eso, Restrepo dice que si la Ley 1696 de 2013 pasa el examen de la Corte Constitucional, la demandaría junto con unos colegas.

El experto, quien fue corredactor del Código de Tránsito, advierte que la ley establece la sanción con la sola entrega del comparendo, “cuando esta debe ser impuesta por el inspector de tránsito o de policía de la jurisdicción donde se cometió el hecho”.

Señala también que en el actual código, toda multa superior a 20 salarios mínimos es susceptible de apelación ante el superior jerárquico, pero en la ley contra los conductores borrachos todo ese proceso quedó en manos de un policía, a través de un comparendo, documento que “es una simple citación ante la autoridad competente”.

Restrepo se muestra sorprendido con el hecho de que las sanciones puedan ser reportadas al Runt antes de ser conocidas por la autoridad competente.

Fuente: El Tiempo 

AddThis