Restricción de vehículos de carga para el puente festivo de “La Ascensión del Señor”

Mediante un comunicado a los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudadanos, usuarios de la red vial nacional y demás interesados, se informó la restricción a aplicar para los vehículos de carga en el festivo próximo de la Ascensión del Señor.
El viernes 6 de mayo de 2016, la restricción únicamente se aplicará a los vehículos de carga que salgan de la Ciudad de Bogotá.
El lunes 9 de mayo de 2016, la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas. Igualmente se aplicará la restricción con dos horas de antelación al horario estipulado en la mencionada fecha en el corredor vial N° 7 (BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ) para los vehículos de carga que vengan en sentido IBAGUÉ – BOGOTÁ.
El día 9 de mayo de 2016 la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, implementará reversible en la vía Guaduas – Villeta desde la Glorieta de la Morena Km 31 hasta el km 64+100 en el horario comprendido desde las 3 PM hasta las 5 PM, teniendo en cuenta el alto volumen de vehículos que retornarán en este tramo vial desde el eje cafetero, Antioquia y la costa atlántica, facilitando la movilidad de los usuarios que ingresan hacia la ciudad de Bogotá.
Se recomienda a los viajeros que transiten por este corredor vial como vía alterna las siguientes:
Calle 13 – Facatativá – Albán – Vianí – Cambao – Honda (para quienes se dirijan desde Bogotá hacia la costa atlántica y Antioquia)
Calle 13 – Facatativá – Albán-Vianí-Cambao-Armero-Guayabal-Mariquita (para quienes viajen desde Bogotá hacia el departamento de Caldas)
En estos dos tramos viales solo está permitido el tránsito de vehículos livianos de pasajeros y carga hasta de 3.5 toneladas.
Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a las restricciones para los vehículos de carga descritos en la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 y lo que dispongan las comunicaciones expedidas por INVIAS.
La restricción no aplica para los vehículos de carga que transportan carbón térmico desde el Departamento Norte de Santander hacia la Costa Atlántica.
La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará la movilización de maquinaria y cargas para atender situaciones de caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial nacional.
Las excepciones para el movimiento de carga por la red vial nacional, durante la vigencia del presente comunicado estarán sujetas a lo establecido en la Resolución 2307 de 2014, “Por la cual se establecen medidas para la regulación del tráfico vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país y se dictan otras disposiciones”.
Descargar restricción completa en el siguiente link: http://www.destinoseguro.net/nuevositio/infovias/restricci%C3%B3n-de-carga-para-el-puente-festivo-6-9-de-mayo
Fuente: Radio Santa Fe.com
Imagen tomada como referencia
http://www.radiosantafe.com/2016/05/05/restriccion-de-vehiculos-de-carga-para-el-puente-festivo-de-la-ascension-del-senor/