Tres días para notificar fotomultas, de lo contrario serán anuladas

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De acuerdo con un fallo de la Corte Constitucional, los órganos de control cuentan con 3 días para notificar los foto-comparendos.

Según la restricción impuesta por la Corte, si un ciudadano comete una infracción de tránsito que fue identificada por medio electrónico y no se le notifica en máximo tres días, esta quedará anulada y no deberá pagar la sanción.

El fallo fue dado debido a las quejas de muchos conductores, quienes argumentaban que dichas multas no daban la oportunidad de defenderse y demostrar que no eran responsables de los hechos que se les adjudicaban.

Lo anterior, teniendo en cuenta que la multa, con dicha modalidad, se le asigna directamente al número de cédula que registre la placa del vehículo. En muchas ocasiones quien cometía la infracción, no precisamente era el dueño del automotor.

Teniendo en cuenta esos argumentos, varios propietarios de vehículos infractores, interpusieron acciones de tutela con el fin de buscar que se les amparara su derecho al debido proceso.

De acuerdo con ello, la Corte Constitucional determinó que los ciudadanos que se nieguen a pagar las fotomultas, no están obligados a hacerlo, pues primero se les tiene que brindar la oportunidad de defenderse.

Es por ello que ahora esta modalidad de sanciones contará con tres días hábiles para notificarse la multa, posteriormente, la autoridad de tránsito contará con 11 días hábiles para permitirle al afectado ejercer el derecho de defensa.

 

Comunicaciones Destino Seguro 
Imagen tomada como referencia 
Fuente referencia: Semana.com 

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